Emprendedores en el comercio internacional. 5 puntos básicos que no debe olvidar.

Dadas las circunstancias actuales de la economía española, no cabe duda alguna de que el mercado exterior plantea un atractivo innegable tanto a empresas consolidadas como a emprendedores. La exportación y la internacionalización constituye una esperanza real de negocio y una vía de escape a esta demoledora crisis. Pero, aparte de las dificultades intrínsecas que supone vender la mercancía o el servicio al extranjero, antes de plantearse la actividad exportadora el empresario se plantea muchos interrogantes:

¿Se conocen mínimamente los costes y obligaciones fiscales? ¿los requisitos de los diferentes destinos? ¿las posibles repercusiones contables? ¿tenemos pensado importar/exportar para particulares o empresas?…. un largo etcétera. Dado que la materia es compleja, desde De Mesa y Vertiz Consultores, basándonos en una larga experiencia en la materia, queremos facilitaros estas 5 reglas básicas para no olvidar:

¿Internacionalizarse o morir?. Imagen paflip25

¿Internacionalizarse o morir?. Imagen paflip25

  1. Las exportaciones están exentas de IVA. Esto permite una innegable ventaja fiscal y comercial. Como regla general esta exención se cumple cuando la mercancía sale del país o cuando el servicio se ubica en la sede de nuestros clientes extranjeros. Es muy importante saber también están exentas las exportaciones indirectas, en las que es el cliente quien realiza el transporte fuera de España.
  2. Para comerciar en la UE y poder deducirnos el IVA de las compras necesitamos efectuar el alta en el Censo Vies (Registro de Operadores Intracomunitarios). Es importante recordarle a nuestro asesor que debe realizar este trámite lo antes posible, pues Hacienda normalmente realiza unas comprobaciones previas que demoran días, e incluso meses, la inscripción definitiva en el censo.
  3. Conservar minuciosamente los documentos de compra y venta. Los asesores no nos cansamos de repetirlo, pero en el caso de exportaciones e importaciones implica mucha más documentación y las ventajas fiscales de las mismas dependen de ello. Packing list, facturas proforma, factura aduanera, seguro de transporte, etc… Sin duda buscar un buen agente de aduanas es imprescindible cuando se trata de comercio internacional.
  4. Sopesar la opción de recuperar cuanto antes el IVA de las compras. Alta en el Registro de Exportadores. Cuando nuestras ventas de mercancías al exterior superen los 120.000 euros, podemos efectuar el alta en el Registro de Exportadores. Esto implicará la devolución mensual de todo el IVA soportado en las compras, sin tener que esperar a final de año para solicitar la devolución. Pero existen también claros inconvenientes, dado que estaremos sometidos a mayor control de nuestras operaciones y a mayores obligaciones fiscales(presentación del modelo 340). En la práctica Hacienda está devolviendo muy tarde el IVA, en unos 5-6 meses después de solicitada la devolución, con lo que, a pesar de todo, los desfases de liquidez seguirán siendo notables.
  5. Conocer nuestras mercancías y  mercados comerciales. Cada mercancía está sujeta a un código arancelario en el momento de exportarla. Eso implicará en muchos casos restricciones adicionales (por ejemplo, alimentos, armas, etc.).Igualmente, cada país tiene unos aranceles diferentes a la hora de importar las mercancías. En el caso de los servicios, los convenios de doble imposición con cada país delimitarán la conveniencia de elegir un destino u otro por su mejor fiscalidad.
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